escribió:
>
> Por cierto, que se me olvidaba decir que las reglas dicen que en la
> posesión dominante se supone que el espíritu que posee el cuerpo
> puede manejar dicho cuerpo solamente con las posibilidades básicas
> de la raza del cuerpo poseido, lógicamente no puede emplear las
> habilidades del espíritu propietario del cuerpo (recordemos que
está
> anulado por completo).
>
> Queda a interpretación de cada uno si sería coherente con nuestro
> universo de juego que un espíritu retuviera los conocimientos y
> recuerdos de su vida pasada y si sería interesante dejar que con el
> tiempo se adaptara al nuevo cuerpo y pudiera emplear sus propias
> habilidades "recordadas" en el nuevo cuerpo.
>
> En infinidad de historias e incluso en muchos suplementos oficiales
> de RQ aparecen espíritus que comunican cosas, conocen su propia
> historia, etc. No son simples entes con carácter y personalidad,
> sino que también tienen conocimientos y recuerdos. Todo eso me
lleva
> a interpretar, en mi visión particular del asunto, que el espíritu
> poseedor puede al cabo de un tiempo empezar a utilizar sus propias
> habilidades. Yo al menos lo juego así.
>
> No obstante, lo que no he hecho es reglamentar eso en términos de
> juego. Pero planteo unas posibles reglas generales por si te
> sirven...
>
Yo en general lo llevo de manera menos rigurosa, y os hablo de, por
ejemplo, de la partida de fantasmas que subí a la lista para Tierra
de Ninjas. Con los fantasmas, en general, como antes eran humanos les
dejo que conserven SUS capacidades humanas, de cuando estaban vivos
(como pasa con la magia, que os recuerdo que el propio juego dice que
la mantienen). Así, la posesión fantasmal es realmente terrible. Con
los espíritus de otro cáriz, prefiero que al no ser de origen mortal
no tengan esa posibilidad. Yo, más que ceñirme a lo que rigurosamente
ponen las reglas, prefiero interpretarlas en función de la partida.
Horrendo es ver a un fantasma de un niño poseer al cuerpo de un
guerrero...
AntoNIo